Subsidio Familiar: Monto y requisitos

beneficiarios, trámites y vigencia del Subsidio Familiar

Actualmente, en Chile existe el llamado SUF o Subsidio Único Familiar, el cual se encarga de proporcionar ciertos beneficios a las personas de bajos recursos. Esto se debe a que por su condición no pueden optar por la Asignación Familiar o Maternal, ya que no son trabajadores que se encuentren afiliados a un sistema previsional.

Hoy en día, el monto a recibir por este subsidio es de 12.364 pesos por carga familiar. Sin embargo, para el caso de las personas discapacitadas o que sufran de alguna invalidez es el doble (24.728 pesos). Entre los beneficios recibidos por el Subsidio Único Familiar se pueden encontrar: acceso gratuito a las prestaciones médicas (preventivas y curativas), así como consultas odontológicas gratuitas.

¿A quién beneficia el Subsidio Familiar?

Los beneficios otorgados a través del Subsidio Familiar solo se aplicarán a las personas o grupos familiares que por algún motivo ajeno a su voluntad ya no pueden proveer los recursos económicos necesarios para la manutención del mismo. Las personas que aplican a este beneficio suelen ser: la madre, el padre, guardadores o responsables de algún menor, así como personas naturales a cargo de algún individuo con discapacidad intelectual (de cualquier edad).

Podrán optar por los beneficios del Subsidio Familiar las personas con las siguientes características:

  • Mujeres embarazadas.
  • Personas que posean discapacidad intelectual, según lo establecido en la Ley N° 18.600. Ahora bien, estos no deben ser beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Madres de menores que subsistan a sus expensas.

Es decir, el Subsidio Familiar podrá ser adquirido por los menores de edad hasta cumplir los 18 años; también podrán acceder a él las personas inválidas; para este último no se aplica ningún rango de edad. Ahora bien, una de las condiciones para optar por este beneficio es que el beneficiario no perciba renta igual o superior a lo recibido a través del Subsidio Familiar; excepto la pensión de orfandad.

Ahora, para aquellos niños con más de 6 años se deberá acreditar que son alumnos regulares en cuanto a la educación básica, media, superior o equivalentes a estas; recibidas en instituciones del Estado o reconocidas por el mismo, a menos que el niño fuere inválido.

Incompatibilidad con otros subsidios

El Subsidio Familiar será incompatible con los beneficios que mencionaremos a continuación: El subsidio de discapacidad mental y la Pensión Básica Solidaria o PBS. De la misma manera, será incompatible con aquellos beneficios relacionados al Sistema Único de Prestaciones Familiares.

Ahora bien, es importante que una vez se empiece a percibir este beneficio, verifiques o consultes la fecha de pago. De la misma manera, este trámite podrás realizarlo durante todo el año sin costo alguno. En caso de que presentes una solicitud para este subsidio, la misma deberá ser entregada ante la municipalidad correspondiente. En ella, serán verificados la calidad del beneficiario, así como los requisitos y antecedentes del mismo.

Si por el contrario, lo que deseas es reclamar tu derecho a percibir este subsidio, o bien no estás conforme con el monto o fecha de inicio del mismo, solo tendrás que presentar un reclamo en la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

Subsidio Familiar: Trámites

Para realizar los trámites correspondientes a este subsidio, lo primero que tendrás que hacer es consultar con la municipalidad correspondiente. Sin embargo, los documentos que normalmente se solicitan son los siguientes:

  • Fotocopia del carnet de control de niño sano. Debe estar al día, y solo aplicará para los niños menores de 6 años.
  • Certificado o acta de nacimiento del menor.
  • Fotocopia de la cédula de identidad de la madre, en caso de que desee optar por el subsidio maternal.
  • Certificado de alumno regular. Solo aplicará para aquellos niños mayores de 6 años.

Es importante destacar que, en caso de que la persona posea una condición de discapacidad intelectual, tendrá que acreditarse mediante una declaración del COMPIN. Dicho documento deberá corresponder al domicilio de la persona en cuestión.

Para el caso de jóvenes menores de edad, se deberá acreditar la calidad del cuidador o guardador correspondiente.

Ahora bien, en cuanto a las mujeres embarazadas, deberá presentarse un certificado competente que valide el quinto mes de embarazo; el mismo debe expedirse por un médico perteneciente a los Servicios de Salud o bien, instituciones autorizadas para brindar tales servicios.

Vigencia del Subsidio Familiar

Este beneficio o subsidio tiene un tiempo de duración de tres años a partir del mes en que comenzó a recibirse. Ahora bien, debes tener en cuenta que este subsidio lo pueden revisar o verificar los alcaldes en cualquier momento; podrán cancelarlo en caso de que hayas dejado de cumplir con los requisitos por los cuales se te fue otorgado el beneficio.

Asimismo, subsistirá hasta el 31 de diciembre del año en donde el beneficiario cumpla su mayoría de edad, o bien 18 años. De la misma manera, el beneficiario deberá acreditarse anualmente hasta haber alcanzado los 8 años de edad; hasta esa edad el mismo participa en los programas de salud dedicados a la atención infantil.